Certificado de asistencia a terapia psicológica: qué incluir y qué no

Equipo Editorial6 min de lectura

Un certificado de asistencia a terapia psicológica es un documento breve en el que el psicólogo deja constancia de que una persona acudió a una sesión en una fecha y un horario concretos. No incluye diagnóstico, motivo de consulta ni contenido de la sesión: solo el hecho de la asistencia. Cuanto menos diga, más protege al paciente.

Lo piden las empresas, las universidades, los centros educativos o las administraciones, y llega a la consulta casi siempre con prisa. Conviene tener un criterio claro antes de que llegue la petición, porque un justificante mal redactado puede revelar más de lo que debe.

Certificado, justificante e informe: tres documentos distintos

En el lenguaje de consulta se mezclan los términos, pero cumplen funciones diferentes. Según la distinción general entre certificado, informe y dictamen, el certificado se emite para dar fe o dejar constancia de un hecho, de forma descriptiva y concisa, y no valora ni interpreta. El informe expone una situación con más detalle. Esa lógica sirve para organizar la documentación de la consulta:

  • Certificado o justificante de asistencia: acredita un hecho (la sesión se celebró). Es lo más corto y lo menos sensible.
  • Informe psicológico: describe una evaluación o intervención. Es otro documento, con otras reglas; si lo necesitas, consulta nuestra guía de informe psicológico con plantilla.
  • Informe de derivación: comunica información clínica a otro profesional con el consentimiento del paciente. Lo desarrollamos en el modelo de informe de derivación.

Si el solicitante pide "algo del psicólogo" sin más, pregunta qué necesita acreditar. Casi siempre es solo la asistencia, y con un justificante basta.

Qué debe incluir un certificado de asistencia a terapia psicológica

Un buen modelo cabe en cinco o seis líneas. Estos son los elementos que tiene sentido recoger:

  1. Datos de quien certifica: nombre y apellidos, número de colegiado y datos de contacto de la consulta. El Código Deontológico del Psicólogo (art. 48) exige, para los informes psicológicos, hacer constar los datos del profesional que los emite; es una buena práctica trasladarla también al justificante.
  2. Datos de la persona atendida: nombre y apellidos. Añade el documento de identidad solo si el destinatario lo exige.
  3. Fecha y franja horaria de la sesión: hora de inicio y de fin reales, no las de la cita.
  4. Modalidad: presencial u online.
  5. Fórmula de constancia: por ejemplo, "Se hace constar que la persona citada acudió a una sesión en el centro el día y en el horario indicados".
  6. Lugar, fecha de emisión, firma y sello.

Ejemplo de redacción neutra: "D./Dña. [nombre], psicólogo/a colegiado/a n.º [número], hace constar que D./Dña. [nombre del paciente] acudió a una sesión el [fecha], de [hora] a [hora], en modalidad [presencial/online]. Y para que conste a los efectos oportunos, firma el presente justificante en [lugar], a [fecha]."

Qué no debe aparecer nunca

El principio rector es la minimización. El Reglamento General de Protección de Datos (art. 5.1.c) pide que los datos sean adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario para su finalidad. Los datos relativos a la salud son una categoría especial (art. 9). Y el Código Deontológico (art. 39) pide recabar únicamente la información estrictamente necesaria para la tarea encomendada.

Aplicado a un justificante, deja fuera:

  • El diagnóstico, la hipótesis diagnóstica o el motivo de consulta.
  • El contenido de la sesión o la evolución del caso.
  • El tratamiento, la frecuencia prevista o la duración del proceso.
  • Valoraciones sobre la capacidad de la persona para trabajar, estudiar u otra actividad.

Hay un matiz que se pasa por alto: incluso el membrete de una consulta de psicología puede delatar el tipo de atención recibida. Si el paciente lo prefiere, el documento puede salir con el nombre del profesional y sin especialidad destacada. Pregúntale antes de emitirlo.

Confidencialidad: a quién se entrega

La información que el psicólogo recoge en el ejercicio de su profesión está sujeta a un deber y un derecho de secreto profesional, del que solo puede eximir el consentimiento expreso del cliente (art. 40 del Código Deontológico). Saber que alguien es paciente ya es información protegida. Por eso:

  • Entrega el justificante a la propia persona, en mano o por un canal seguro que ella elija.
  • Si lo solicita un tercero (un familiar, una empresa), pide antes la autorización expresa del paciente.
  • En menores, recuerda que la decisión sobre quién recibe qué documento depende de quién ostenta la patria potestad y de cada situación. Tenemos una guía sobre el consentimiento con padres separados.

Para los límites y excepciones del secreto profesional, consulta secreto profesional del psicólogo: límites y excepciones.

Cuándo no basta un justificante

La Ley 41/2002 reconoce en su artículo 22 el derecho de todo paciente o usuario a que se le faciliten los certificados acreditativos de su estado de salud. Un justificante de asistencia no certifica el estado de salud: certifica un hecho. Si alguien te pide que acredites una situación clínica, eso ya no es un justificante, sino otro tipo de documento, y requiere una decisión profesional y el consentimiento del paciente. No lo despaches con una plantilla.

Si la persona lo que quiere es consultar o copiar su historia, es otro procedimiento: lo explicamos en cómo responder a una solicitud de acceso a la historia clínica.

Cómo dejar constancia en tu documentación

Emitir un certificado es un acto profesional y conviene que quede registrado. Anota en la historia clínica la fecha de emisión, quién lo solicitó, a quién se entregó y que se hizo con el consentimiento del paciente. Guarda una copia del documento tal como se emitió. Así, si más adelante hay una duda sobre qué se certificó, tienes la respuesta.

Un software de gestión clínica ayuda a no empezar de cero cada vez. En TherapyRecap, por ejemplo, la sesión ya queda registrada en el expediente del paciente, de modo que los datos de fecha y modalidad están a mano al redactar el justificante. La firma y la decisión de emitirlo siguen siendo tuyas.

Preguntas frecuentes

¿Un justificante de asistencia es lo mismo que un informe psicológico?

No. El justificante o certificado de asistencia solo deja constancia de un hecho: que la persona acudió a una sesión en una fecha y hora. El informe psicológico describe la evaluación o la intervención, con su alcance y limitaciones, y tiene otro destinatario y otro nivel de detalle.

¿Hay que poner el motivo de consulta o el diagnóstico?

No. El documento debe limitarse a lo necesario para su finalidad. Con acreditar la asistencia basta, así que el motivo de consulta, el diagnóstico y el contenido de la sesión no tienen cabida.

¿Puede pedirlo otra persona en nombre del paciente?

La información sobre la asistencia revela que existe una relación terapéutica, y eso ya es un dato de salud. Entrégalo a la persona atendida, o a un tercero solo con su autorización expresa.

¿Se puede emitir un certificado de asistencia a una sesión online?

Sí. Basta con indicar la modalidad (presencial o por videollamada) junto con la fecha y el horario real de la sesión.

¿Se cobra por emitirlo?

Es una decisión de la consulta. Lo recomendable es fijar el criterio por escrito y comunicarlo de antemano, igual que el resto de condiciones del servicio.

Escrito por el equipo editorial de TherapyRecapLo forman los dos socios de TherapyRecap: un psicólogo general sanitario (colegiado CM03420, Colegio Oficial de Psicología de Castilla-La Mancha) y un ingeniero.Sobre nosotrosPolítica editorialConsultar el acuerdo de encargado de tratamiento (DPA)Sello del programa INCIBE Emprende Ventures, financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU) dentro del Plan de Recuperación, Transformación y ResilienciaFinalista de INCIBE Emprende Ventures

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