Informe pericial psicológico: estructura, diferencias con el informe clínico y cómo prepararlo

Equipo Editorial7 min de lectura

Un informe pericial psicológico es el dictamen que un psicólogo emite como perito para ayudar a un juez o tribunal a valorar una cuestión que requiere conocimientos científicos. No es un informe clínico con otro nombre: cambia quién lo pide, a quién sirve, cómo se redacta y qué ocurre después. Esta guía explica sus diferencias con el informe clínico, qué apartados suelen incluirse y cómo dejar tu documentación preparada.

No es asesoramiento jurídico. Cada procedimiento tiene sus particularidades y, ante la duda, consulta con tu colegio profesional o con un abogado.

Qué es un informe pericial psicológico

La Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) prevé el dictamen de peritos cuando son necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes del asunto (artículo 335.1). Un psicólogo puede aportarlo si lo encarga una de las partes o, en los casos previstos, si lo designa el tribunal.

Dos rasgos lo distinguen de cualquier otro informe:

  • Objetividad declarada. Al emitir el dictamen, el perito manifiesta bajo juramento o promesa de decir verdad que ha actuado, y actuará, con la mayor objetividad posible, tomando en cuenta tanto lo que pueda favorecer como lo que pueda perjudicar a cualquiera de las partes (artículo 335.2 de la LEC).
  • Posible defensa oral. Las partes pueden pedir que el perito intervenga en el juicio o en la vista para exponer el dictamen, explicarlo o responder a preguntas (artículo 347 de la LEC).

Tampoco es lo mismo que un informe psicológico de evaluación para otro destinatario. Si buscas el documento clínico habitual, tienes la plantilla de informe psicológico en Word; el pericial tiene exigencias propias.

Informe pericial vs informe clínico: las diferencias que importan

Las técnicas de evaluación pueden ser parecidas, pero la finalidad cambia. Carlos Rodríguez Sutil, en un artículo de Papeles del Psicólogo (nº 73, 1999), sitúa la diferencia esencial en identificar quién es el cliente del profesional y en la ruptura de la regla de confidencialidad.

AspectoInforme clínicoInforme pericial
Para quién trabajasTu pacienteEl proceso: quien encarga la pericia o el tribunal
ConfidencialidadRige el secreto profesionalSe rompe la regla de confidencialidad clínica: conviene que la persona evaluada sepa que lo que cuente puede constar en un proceso
Pregunta que respondeQué le pasa y cómo ayudarleLa cuestión concreta que se plantea al perito (el objeto pericial)
LenguajeTécnico, para otros profesionalesComprensible para operadores jurídicos sin perder precisión
Después de entregarloSe archiva en la historia clínicaPuede requerir ratificación o aclaraciones en el juicio

De esa diferencia sale un aviso práctico: mezclar los dos papeles con la misma persona plantea un conflicto sobre a quién te debes. Si un paciente o su abogado te pide un informe para un procedimiento, consulta con tu colegio antes de aceptar. Sobre los límites del secreto, tienes la guía del secreto profesional del psicólogo.

Estructura de un informe pericial psicológico

En España no hay una estructura oficial única. Para el proceso penal, el artículo 478 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dice que el informe pericial comprenderá, si fuere posible, la descripción de la persona o cosa objeto del mismo, una relación detallada de las operaciones practicadas y su resultado, y las conclusiones que formulen los peritos conforme a los principios y reglas de su ciencia.

Como guía práctica, Infocop resume las pautas de Muñoz, González-Guerrero y Arch (2026), publicadas en Papeles del Psicólogo con el título Informe pericial psicológico en el contexto legal español. Proponen tres secciones:

1. Sección identificativa

  • Datos y formación del perito y de quien solicita la pericia.
  • Descripción del caso y objeto pericial bien delimitado.
  • Metodología: técnicas, instrumentos y fuentes, con sus limitaciones de fiabilidad o validez.

2. Sección descriptiva

  • Datos organizados, distinguiendo con claridad la fuente y la interpretación profesional.
  • Registro de las limitaciones de acceso a información relevante.

3. Sección técnica

  • Análisis e integración de resultados, con discusión crítica de hipótesis alternativas y datos contradictorios.
  • Conclusiones numeradas que respondan de forma explícita a las cuestiones planteadas, indicando su alcance y sus límites.

Principios de redacción y errores frecuentes

Las mismas pautas recogen cuatro principios éticos: responsabilidad, integridad, respeto a las personas evaluadas y justicia. En la práctica se traducen en redactar con claridad y neutralidad, separar datos de inferencias, incluir solo lo relevante para el objeto pericial y evitar tecnicismos innecesarios.

Entre los errores habituales que señalan están la falta de estructura, las opiniones poco fundamentadas, el lenguaje excesivamente técnico, la omisión de información contradictoria y el uso de informes tipo. Destacan como error grave la formulación inadecuada de conclusiones en las que el profesional resuelve la cuestión legal que corresponde al tribunal. Como medida de control, recomiendan una lista de verificación antes de entregar el informe.

Cómo preparar el informe pericial paso a paso

  1. Aclara el encargo por escrito. Quién lo solicita, sobre quién recae y qué preguntas debe responder.
  2. Comprueba tu competencia. El artículo 340 de la LEC exige título oficial en la materia del dictamen y ser un experto acreditado. Valora si tu formación encaja.
  3. Informa a la persona evaluada. Conviene que sepa para qué se hace la evaluación y que no rige la confidencialidad propia de una consulta.
  4. Registra cada actuación. Fechas de entrevistas, personas entrevistadas, pruebas aplicadas y documentos revisados.
  5. Redacta separando hechos, fuentes e interpretación. Y numera las conclusiones.
  6. Revisa con una lista de verificación antes de entregar.
  7. Prepara una posible ratificación. Guarda los materiales en los que te apoyas: tendrás que explicar el dictamen si te lo piden.

Documentación que conviene tener en orden

Gran parte del trabajo pericial es trazabilidad: poder decir cuándo hiciste cada cosa y con qué base. Si tienes tus historias clínicas y notas de sesión ordenadas por paciente y con fecha, localizar lo que necesitas lleva minutos y no horas. Herramientas como TherapyRecap ayudan a mantener esas notas estructuradas por paciente, pero qué incluir en un informe y qué concluir sigue siendo decisión tuya.

Si el encargo llega como requerimiento sobre la historia clínica de un paciente, es otro supuesto con otras reglas: lo explicamos en el artículo sobre el requerimiento judicial de la historia clínica.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede hacer un informe pericial psicológico?

La Ley de Enjuiciamiento Civil exige que el perito posea el título oficial correspondiente a la materia del dictamen y sea un experto acreditado en ella (artículo 340). Además, ser psicólogo clínico no equivale a tener formación forense: conviene valorar si tu preparación encaja con lo que se te pide.

¿Qué diferencia hay entre un informe pericial y un informe clínico?

El informe clínico se hace para ayudar a tu paciente y se rige por la confidencialidad; el pericial se hace para un proceso, responde a las preguntas de quien lo encarga y se dirige a un tribunal. Rodríguez Sutil resume la diferencia en dos ideas: quién es el cliente del profesional y la ruptura de la regla de confidencialidad.

¿Qué apartados debe tener un informe pericial psicológico?

No hay una estructura oficial única. Las pautas publicadas en Papeles del Psicólogo en 2026 proponen una sección identificativa, una descriptiva y una técnica con conclusiones numeradas. El artículo 478 de la LECrim, para el proceso penal, pide descripción, relación de operaciones realizadas y conclusiones.

¿Tengo que ratificar el informe en el juicio?

Las partes pueden pedir que el perito intervenga en el juicio o en la vista para exponer o explicar el dictamen (artículos 346 y 347 de la LEC), y el tribunal puede acordarlo también por su cuenta. Por eso conviene guardar toda la documentación en la que se apoya el informe.

¿Puedo usar las notas de mis sesiones para un informe pericial?

Depende de la relación con la persona evaluada y de a quién se debe tu deber de secreto. Si tu paciente es la persona evaluada, antes de aceptar el encargo consulta con tu colegio o con un abogado: el uso de sus datos clínicos en un proceso tiene condiciones propias.

Escrito por el equipo editorial de TherapyRecapLo forman los dos socios de TherapyRecap: un psicólogo general sanitario (colegiado CM03420, Colegio Oficial de Psicología de Castilla-La Mancha) y un ingeniero.Sobre nosotrosPolítica editorialConsultar el acuerdo de encargado de tratamiento (DPA)Sello del programa INCIBE Emprende Ventures, financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU) dentro del Plan de Recuperación, Transformación y ResilienciaFinalista de INCIBE Emprende Ventures

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